Tanto la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de Renta Valenciana de Inclusión como el Decreto-Ley 3/2017 de 19 de diciembre de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía prevén la cooperación de los servicios de empleo en el Itinerario personal de inserción laboral valenciano y el Plan de inclusión sociolaboral andaluz.

COMUNIDAD VALENCIANA: La nueva Renta Valenciana de Inclusión, regulada mediante Ley 19/2017, de 20 de diciembre, es concebida como un derecho subjetivo a una prestación económica para cubrir necesidades básicas a la unidad de convivencia que carezca de los recursos económicos suficientes para la cobertura de las mismas; y a recibir los apoyos y el acompañamiento personalizado orientado a la inclusión plena y efectiva en la sociedad, en todas sus dimensiones (económica, social, laboral, sanitaria, educativa, habitacional, cultural…) que garantice un nivel de vida y bienestar adecuados. En particular, incorpora un ITINERARIO PERSONAL DE INSERCIÓN LABORAL, en cuya elaboración participará personal de los servicios de empleo y formación con competencia en la materia. Además, los servicios públicos de empleo y formación realizarán PROGRAMAS Y MEDIDAS ESPECÍFICAS para aumentar la
empleabilidad y la capacitación de las personas destinatarias de la renta valenciana de inclusión. La Comunidad Valenciana celebrará antes del verano un curso de formación, conjunta para profesionales de los servicios sociales y de empleo, apoyado por la RIS, para apoyar la implementación de su nueva Renta de Inclusión.

http://www.inclusio.gva.es/es/web/integracion-inclusionsocial-cooperacion/renta-valenciana-de-inclusion-rvi [1]

EN ANDALUCÍA: La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, aprobada mediante Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, regula la prestación económica orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social. Se trata de una prestación garantizada, un nuevo derecho de ciudadanía, un derecho subjetivo. Respecto a la anterior prestación, el ingreso mínimo de solidaridad, la nueva prestación, se adapta más a la realidad sociológica del momento, haciéndose más accesible. Incorpora un itinerario a través de un PLAN DE INCLUSIÓN SOCIOLABORAL, en los términos establecidos en los artículos 42.1 y 42.2.g) de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. El Plan de inclusión sociolaboral se diseña de forma participada por los servicios sociales comunitarios donde resida la unidad familiar beneficiaria y el Servicio Andaluz de Empleo. En su caso, podrán incluirse otras medidas en materia de educación, servicios sociales, salud y vivienda. A tal efecto, La Junta de Andalucía celebrará en
otoño un curso de formación, conjunta para profesionales de los servicios sociales y de empleo, apoyado por la RIS, para apoyar la implementación de su nueva Renta Mínima

http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales/areas/inclusion/rmi.html» [2]